Código de conducta
CÓDIGO DE CONDUCTA PARA SOCIOS COMERCIALES DE PLAUD
Para todos los socios comerciales (incluidos proveedores, vendedores, contratistas, consultores, agentes, distribuidores, revendedores, clientes, consumidores y otros terceros)
Fecha de entrada en vigor: 10 de enero de 2026
Versión: 1.0
Este CÓDIGO DE CONDUCTA DEL SOCIO COMERCIAL DE PLAUD es vinculante para los Socios Comerciales en cada uno de los siguientes casos: (a) la ejecución de este documento por un representante del Socio Comercial; (b) la ejecución de un contrato que incorpore un enlace o referencia a este documento; o (c) la prestación continua de bienes o servicios a Plaud luego de la recepción de este documento (o un enlace al mismo) por correo electrónico u otros medios escritos.
© 2026 Plaud Inc. y sus afiliados. Todos los derechos reservados.
Resumen de compromisos clave
Este resumen destaca los compromisos fundamentales. Los socios comerciales deben leer y cumplir el Código de Conducta completo y todos los acuerdos y leyes aplicables.
Cumplimiento legal
- Cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables (incluidas aquellas de alcance extraterritorial).
- Mantener libros y registros precisos y cooperar con auditorías y evaluaciones legales.
Ética e integridad
- Realizar negocios de manera honesta y justa; evitar prácticas engañosas o poco éticas.
- Proteger la reputación y la buena voluntad de Plaud en las comunicaciones públicas.
Antisoborno y anticorrupción
- Cumplir con todas las leyes antisoborno y anticorrupción (por ejemplo, FCPA de EE. UU., Ley Antisoborno del Reino Unido).
- Nunca ofrezca, dé, solicite ni acepte beneficios indebidos, sobornos o pagos de facilitación.
- Divulgar rápidamente los conflictos de intereses.
Controles y sanciones comerciales
- Cumplir con los controles de exportación y las sanciones económicas (ONU, UE, EE. UU. OFAC/BIS, Reino Unido y otros).
- No trate con personas o entidades sancionadas.
- No desviar productos/tecnología a usos, personas, entidades o destinos prohibidos.
- No proporcione servicios, productos o tecnología a Plaud violando las leyes.
- Notificar a Plaud inmediatamente sobre cualquier riesgo de sanciones o inclusión en la lista.
Prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo
- Cumplir con los requisitos ALD/ATF y mantener la integridad financiera.
Privacidad, seguridad de la información y confidencialidad
- Proteja la información personal y la información confidencial; úsela únicamente según lo autorizado para el trabajo relacionado con Plaud.
- Si actúa como procesador de datos, implemente las garantías necesarias (incluida la notificación de infracciones dentro de las 24 horas) y respalde el cumplimiento de Plaud.
Derechos humanos y trabajo
- Respetar los derechos humanos; prohibir el trabajo forzoso, la trata de personas y el trabajo infantil.
- Proporcionar lugares de trabajo no discriminatorios y respetar la libertad de asociación; cumplir con las leyes sobre salarios y horas de trabajo.
Salud, seguridad y medio ambiente
- Proporcionar condiciones de trabajo seguras; gestionar riesgos y emergencias.
- Cumplir con las leyes ambientales; reducir la contaminación y la huella ambiental cuando sea posible.
Responsabilidad de la cadena de suministro
- Transmitir requisitos comparables a los subcontratistas y proveedores y realizar la debida diligencia adecuada.
- Cooperar con las acciones correctivas y la remediación cuando surjan problemas.
Hablar y cooperar
- Informar sobre presuntas infracciones y cooperar con las investigaciones y solicitudes regulatorias (según lo permita la ley).
- Mantener protecciones contra represalias para los informes de buena fe.
Código de conducta de los socios comerciales
Se aplica a Plaud Inc. y todas sus afiliadas (“Plaud”) y todos los socios comerciales (como se define a continuación).
1. Propósito
Plaud se compromete con los más altos estándares de integridad, conducta lícita y prácticas comerciales responsables. Este Código describe las expectativas de Plaud sobre cómo sus Socios Comerciales realizan negocios al trabajar con ella o representarla en cualquier función.
2. Ámbito de aplicación y aplicabilidad
2.1 A quién se aplica esto
Este Código se aplica a todos los terceros que proporcionan productos o servicios a Plaud o que de otra manera hacen negocios con Plaud, incluidos (sin limitación): proveedores, fabricantes, vendedores, contratistas, consultores, empresas de servicios profesionales, agentes, asesores, distribuidores, revendedores, representantes de ventas, socios de canal, socios de implementación, proveedores de logística, proveedores de subcontratación, socios de empresas conjuntas, clientes y otros terceros (cada uno, un "Socio comercial").
2.2 Línea base de cumplimiento
Los socios comerciales deben (a) cumplir con este Código, (b) cumplir con todas las leyes, normas, regulaciones y órdenes gubernamentales aplicables en todas las jurisdicciones donde operan, incluidas las leyes con alcance extraterritorial, y (c) ser abiertos y cooperativos con los reguladores que hacen cumplir dichas leyes.
2.3 Flujo descendente
Los socios comerciales deben imponer obligaciones sustancialmente similares a su propio personal, subcontratistas, agentes y proveedores involucrados en el trabajo para Plaud, y siguen siendo responsables de su cumplimiento en relación con el trabajo relacionado con Plaud.
2.4 Prioridad del contrato
Este Código complementa las obligaciones contractuales. Si un acuerdo Plaud impone requisitos más estrictos que este Código, se aplicarán estos.
3. Definiciones
Afiliado(s) : Cualquier entidad que directa o indirectamente controle, sea controlada por o esté bajo control común con Plaud Inc.
Ley aplicable : todas las leyes, reglamentos, directivas, normas y órdenes gubernamentales vinculantes internacionales, nacionales, regionales y locales aplicables.
Información personal : cualquier información relacionada con una persona identificada o identificable, incluidos (cuando corresponda) los datos personales definidos en las leyes de protección de datos pertinentes.
Personal del socio comercial : Los directores, funcionarios, empleados, contratistas, agentes, representantes, subcontratistas y proveedores permitidos del socio comercial que participan en actividades relacionadas con Plaud.
Contenido peligroso : contenido relacionado con política, religión, insultos, rumores, intimidación, violencia, etnia, raza, contenido límite, pornografía, obscenidad u otras declaraciones, videos o imágenes ofensivas, extremas o ilegales.
4. Ética e integridad
4.1 Trato justo y honesto
Los socios comerciales deben actuar de manera ética y con integridad, evitar el engaño y realizar negocios de una manera que refleje favorablemente la reputación y la buena voluntad de Plaud.
4.2 Registros precisos
Los socios comerciales deben mantener registros completos, precisos y veraces relacionados con el negocio de Plaud (incluidas facturas, documentación de respaldo y registros de transacciones) y no deben crear entradas falsas, engañosas o artificiales.
4.3 No se permiten prácticas engañosas o poco éticas
Los socios comerciales no deben participar en prácticas engañosas, confusas, ilegales, difamatorias, obscenas o poco éticas y deben asegurarse de que su conducta no haga que Plaud infrinja la ley aplicable o los códigos de la industria.
5. Antisoborno y anticorrupción
5.1 Cumplimiento de las leyes antisoborno
Los socios comerciales deben cumplir con todas las leyes y regulaciones antisoborno y anticorrupción aplicables, incluidas (cuando corresponda) la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los EE. UU. (FCPA) y la Ley Antisoborno del Reino Unido.
5.2 Prohibición de beneficios indebidos
Los Socios Comerciales no deben, directa ni indirectamente, solicitar, ofrecer, prometer, autorizar, dar ni aceptar nada de valor para obtener una ventaja indebida o influir en ninguna decisión (incluso con personal de Plaud, clientes de Plaud, proveedores, funcionarios gubernamentales o terceros). Los beneficios prohibidos incluyen, entre otros: descuentos (explícitos u ocultos), efectivo, tarjetas de regalo, artículos físicos, valores, viajes, hospitalidad, entretenimiento (como banquetes o tours) u otros beneficios materiales o inmateriales, excepto cuando se permita expresamente en un acuerdo escrito y de conformidad con la legislación aplicable.
5.3 Controles de obsequios y entretenimiento
Los socios comerciales no deben ofrecer ni aceptar regalos ni ninguna otra cosa de valor para obtener ventajas o influencia indebidas, y deben garantizar que todos los regalos u hospitalidad permitidos sean: (a) razonables y apropiados, (b) poco frecuentes, (c) transparentes y registrados adecuadamente, (d) no sean dinero en efectivo ni equivalentes a efectivo, y (e) cumplan con la ley aplicable.
5.4 No actuar ilegalmente en nombre de Plaud
Los socios comerciales no pueden actuar en nombre o en beneficio de Plaud de ninguna manera que viole la ley aplicable o los estándares industriales aplicables.
5.5 Control de subcontratistas
Los socios comerciales deben asegurarse de que su personal, afiliados y subcontratistas cumplan con esta sección antisoborno.
6. Conflictos de intereses
6.1 Evitar conflictos
Los socios comerciales deben evitar cualquier relación, transacción o actividad que cree (o parezca crear) un conflicto con el mantenimiento de una relación comercial objetiva y justa con Plaud.
6.2 Divulgación
Los socios comerciales deben revelar de inmediato cualquier conflicto de intereses real o potencial a Plaud sin demoras indebidas, incluidas las relaciones personales con empleados de Plaud que podrían influir en la toma de decisiones.
7. Competencia / cumplimiento antimonopolio
Los socios comerciales deben cumplir estrictamente con las leyes antimonopolio/de competencia aplicables y no deben participar en actividades o acuerdos anticompetitivos (por ejemplo, fijación de precios, manipulación de licitaciones, asignación de mercado) y deben oponerse a los cárteles ilegales.
8. Comunicaciones responsables y restricciones de contenido
8.1 No se permiten contenidos dañinos o ilegales
Los socios comerciales no deben publicar, difundir ni participar en actividades que involucren contenido peligroso.
8.2 No hay daño a la reputación
Los socios comerciales no deben participar en actividades que afecten negativamente la buena voluntad, la reputación o los intereses de Plaud, incluida la publicación de comentarios desfavorables sobre Plaud o sus afiliados en las redes sociales u otros canales, excepto en el caso de denuncias legales, actividades protegidas o divulgaciones requeridas o protegidas por la ley.
8.3 Garantía de cumplimiento
Los socios comerciales deben asegurarse de que sus comunicaciones y conducta públicas no provoquen que Plaud infrinja la legislación aplicable o los códigos de la industria.
9. Controles comerciales, controles de exportación y sanciones económicas
9.1 Cumplimiento de sanciones y controles comerciales
Los socios comerciales deben cumplir con todos los controles comerciales, controles de exportación y leyes y regulaciones de sanciones económicas aplicables, incluidas aquellas administradas/aplicadas por las Naciones Unidas, la UE y los estados miembros, los Estados Unidos (incluidos OFAC y BIS) y el Reino Unido ("Leyes de sanciones").
9.2 No realizar tratos con partes sancionadas (Garantía del socio comercial)
Los Socios Comerciales declaran y garantizan que ni ellos ni su Personal de Socios Comerciales son objeto de las Leyes de Sanciones, y que no poseen ni controlan a una persona o entidad sancionada, y no son propiedad ni están controlados por una persona o entidad sancionada.
9.3 No se prohíbe el uso de los ingresos/desvío
Los socios comerciales no deben utilizar, directa o indirectamente, ningún producto del trabajo relacionado con Plaud, ni ponerlo a disposición de ninguna persona o entidad, de ninguna manera que pueda resultar en una violación de las leyes de sanciones por parte de cualquiera de las partes.
9.4 Obligación de notificación
Los Socios Comerciales deben notificar inmediatamente a Plaud si toman conocimiento de cualquier violación real o potencial de las Leyes de Sanciones, o si ellos o el Personal del Socio Comercial se convierten en personas sancionadas.
9.5 Cumplimiento de las normas de exportación/aduaneras
Los Socios Comerciales deben cumplir con los controles de exportación y las normativas aduaneras aplicables que rigen los envíos/transferencias de bienes, software, tecnología y pagos. Los Socios Comerciales deben garantizar que los productos de Plaud se utilicen exclusivamente para fines lícitos, civiles y no militares/no nucleares, y no deben utilizarse para el desarrollo, la producción ni el uso de armas de destrucción masiva, sistemas de misiles ni equipo militar.
Los socios comerciales no deben revender, transbordar ni reexportar los productos de Plaud a ningún país, persona física o entidad sancionada.
Los socios comerciales garantizan que la provisión de todos los productos, servicios, software, tecnología, datos técnicos y soporte relacionado a Plaud cumple totalmente con todas las leyes de sanciones aplicables, y que dichos productos, servicios o tecnologías no provienen de, se envían a través de, se proporcionan a o de otro modo involucran a ningún país, región, persona o entidad sancionado, ni se utilizan de ninguna manera que pueda resultar en una violación de las leyes de sanciones por parte de Plaud o cualquiera de sus afiliados.
10. Lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo
Los socios comerciales deben cumplir con todas las leyes AML y ATF aplicables, mantener la integridad financiera, llevar registros contables precisos y completos e implementar medidas para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
11. Privacidad de datos, seguridad de la información y confidencialidad
11.1 Cumplimiento general de privacidad y seguridad
Los socios comerciales deben cumplir con todas las leyes aplicables de privacidad personal y seguridad de la información y proteger la privacidad de las personas y la seguridad de la información y los activos confidenciales.
11.2 Confidencialidad de la información personal
Los Socios Comerciales deben mantener la estricta confidencialidad de la Información Personal de los empleados de Plaud y de cualquier persona relacionada con los servicios, y utilizar dicha información únicamente para ejecutar el contrato o las órdenes de trabajo pertinentes y según lo permita la legislación aplicable. La Información Personal proporcionada por Plaud debe tratarse como Información Confidencial de Plaud.
11.3 Intercambio intragrupo y transferencia offshore
Los socios comerciales acuerdan que Plaud puede compartir información (incluida información personal y entregables) dentro del grupo corporativo de Plaud para una gestión unificada de la información, y puede transferir dicha información a servidores offshore después de completar los procedimientos requeridos por la ley aplicable.
11.4 Si el Socio Comercial actúa como procesador de datos
Cuando el Socio Comercial procesa Información Personal en nombre de Plaud, el Socio Comercial debe cumplir con los siguientes requisitos:
- cumplir con la legislación aplicable en materia de privacidad y seguridad;
- mantener la información personal estrictamente confidencial (como información confidencial de Plaud);
- obtener el consentimiento explícito, informado y escrito de las personas según lo requiera y lo indique Plaud;
- mantener registros de los consentimientos y proporcionar originales cuando se solicite;
- procesar la información personal estrictamente de acuerdo con las instrucciones documentadas de Plaud y la ley aplicable;
- implementar y mantener medidas técnicas y organizativas apropiadas consistentes con los estándares de la industria y las leyes de protección de datos aplicables para proteger contra el procesamiento no autorizado/ilegal y la pérdida, destrucción o daño accidental;
- ayudar a Plaud a responder a solicitudes de derechos individuales (acceso, rectificación, supresión, restricción, portabilidad, etc.);
- notificar a Plaud sobre cualquier violación de datos de información personal sin demora indebida y, en cualquier caso, dentro de las 24 horas de tener conocimiento de ello;
- cooperar plenamente con las obligaciones de investigación y cumplimiento normativo/legal de Plaud;
- conservar la información personal solo durante el tiempo que sea necesario para los fines específicos de Plaud o según lo requiera la ley aplicable;
- Al finalizar los servicios o a solicitud de Plaud, destruir de forma segura toda la Información Personal y certificar la destrucción;
- indemnizar y eximir de responsabilidad a Plaud por las reclamaciones y pérdidas cubiertas que surjan del incumplimiento de estas obligaciones; y
- permitir a Plaud auditar el cumplimiento mediante aviso razonable durante el horario comercial, incluido el acceso a registros, personal y sistemas relevantes.
- 11.5 Protección de activos confidenciales
Los socios comerciales deben proteger los activos y la información confidencial de Plaud (y, cuando corresponda, la información confidencial de los clientes de Plaud) y mantener procesos para salvaguardar dicha información.
11.6 Propiedad intelectual
Los socios comerciales deben respetar los derechos de propiedad intelectual de Plaud y de terceros, proteger los secretos comerciales confiados y evitar la divulgación no autorizada.
12. Derechos humanos, normas laborales, inclusión y diversidad
12.1 Esclavitud moderna, trabajo forzoso y trata de personas
Plaud mantiene una política de tolerancia cero ante la esclavitud moderna, incluyendo el trabajo forzoso, la servidumbre por deudas, el trabajo penitenciario involuntario, el trabajo infantil, la trata de personas, la servidumbre y cualquier forma de coerción o explotación. Los socios comerciales deben tomar medidas proactivas para prevenir, identificar, mitigar y remediar los riesgos de la esclavitud moderna en sus propias operaciones y en toda su cadena de suministro. Todo trabajo debe ser voluntario y los trabajadores deben tener la libertad de abandonar el empleo de acuerdo con la legislación aplicable.
a) Prohibición del trabajo forzoso y obligatorio
Los socios comerciales no deben utilizar, apoyar ni beneficiarse de ninguna forma de trabajo forzoso, obligatorio o involuntario, incluidos, entre otros:
trabajo penitenciario cuando no lo permita la ley o las normas internacionales;
trabajo en régimen de servidumbre o servidumbre por deudas (incluida la deuda vinculada al reclutamiento);
trabajo en régimen de servidumbre;
trabajo obtenido mediante coerción, amenazas, intimidación o abuso de poder;
trata de personas con fines laborales o de servicios.
Todo trabajo debe ser voluntario y los trabajadores deben tener la libertad de abandonar el empleo después de un aviso razonable, de conformidad con la legislación aplicable.
(b) Sin tasas de contratación y contratación justa
Los socios comerciales deben asegurarse de que:
- a los trabajadores no se les cobran tarifas de reclutamiento, colocación, médicas, de viaje, de visa o de incorporación, directa o indirectamente;
- los agentes de reclutamiento o intermediarios laborales (si se utilizan) cumplen con la Ley Aplicable y este Código;
- los trabajadores reciben condiciones de empleo claras y escritas en un idioma que entienden antes de comenzar a trabajar;
- Las condiciones de empleo no se sustituyen ni se modifican después de la llegada de una manera que sea perjudicial para el trabajador.
- Si se han cobrado tarifas de contratación, los socios comerciales deben garantizar el reembolso total a los trabajadores afectados.
c) Libertad de circulación y conservación de documentos
Los socios comerciales no deben:
- confiscar, retener, destruir o restringir el acceso a los documentos de identidad, pasaportes, visas, permisos de trabajo o pertenencias personales de los trabajadores;
- exigir depósitos o garantías financieras como condición de empleo;
- imponer restricciones irrazonables al movimiento de los trabajadores, incluso fuera del horario laboral.
12.2 Prohibición del trabajo infantil y protección de los trabajadores jóvenes
Los socios comerciales no deben emplear mano de obra infantil. La edad mínima para trabajar debe ser igual o superior a la edad mínima establecida por la legislación aplicable y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo; el horario laboral de los trabajadores jóvenes debe cumplir con los límites aplicables. Los trabajadores menores de 18 años no deben realizar trabajos peligrosos ni nocturnos.
12.3 Trato humano y condiciones de trabajo
Los Socios Comerciales deben tratar a todos los trabajadores con dignidad y respeto, y proporcionar lugares de trabajo libres de discriminación, acoso, violencia, acoso, represalias, intimidación, abuso físico, amenazas o cualquier otro trato inhumano, degradante o abusivo. Todas las prácticas laborales deben ser justas y cumplir con la legislación aplicable. El horario laboral, los días de descanso, los salarios, las prestaciones y las condiciones laborales deben cumplir con la legislación aplicable y no deben utilizarse como medio de coerción o control. Los Socios Comerciales deben cumplir con la legislación sobre salarios, prestaciones y jornada laboral; proporcionar informes salariales oportunos y comprensibles; y garantizar que las horas extras se ajusten a los límites legales.
12.4 Libertad de asociación
Los socios comerciales deben respetar los derechos de los trabajadores a la libertad de asociación y a la negociación colectiva de acuerdo con la legislación local y las normas internacionales.
13. Salud, seguridad y bienestar
13.1 Lugar de trabajo seguro
Los socios comerciales deben cumplir con las leyes de salud y seguridad aplicables y adoptar prácticas para minimizar el riesgo, prevenir accidentes y garantizar un lugar de trabajo seguro.
13.2 Gestión sistemática de la salud y la seguridad
Los socios comerciales deben mantener un enfoque sistemático de gestión de la seguridad con mejora continua, incluida la gestión de emergencias, la prevención de incendios y la gestión responsable de sustancias químicas.
13.3 Controles mínimos (cuando corresponda)
Cuando sea pertinente, los socios comerciales deben comunicar los peligros y controles, brindar capacitación, proporcionar equipo de protección personal adecuado y mantener instalaciones seguras, incluido el acceso a instalaciones sanitarias y agua potable.
14. Responsabilidad ambiental y protección del clima
14.1 Cumplimiento legal
Los socios comerciales deben cumplir con las leyes y permisos ambientales aplicables, incluidos los requisitos relacionados con las emisiones atmosféricas, las aguas residuales, la eliminación de residuos y los materiales peligrosos.
14.2 Prevención de la contaminación y reducción de la huella
Los socios comerciales deben tomar medidas razonables para minimizar la contaminación y reducir la huella ambiental asociada con la prestación de bienes/servicios a Plaud, incluida la eficiencia de los recursos y la reducción de desechos cuando sea posible.
14.3 Sustancias peligrosas y gestión de residuos
Los socios comerciales deben manejar de manera responsable las sustancias peligrosas y garantizar el cumplimiento de las normas de almacenamiento, transporte, eliminación, reciclaje y gestión de residuos, emisiones atmosféricas y descargas de aguas residuales.
14.4 Clima y eficiencia de los recursos
Se espera que los socios comerciales midan/gestionen los impactos ambientales (según corresponda), reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero y promuevan el uso eficiente de la energía, el agua y las materias primas.
15. ESG, abastecimiento responsable y diligencia debida en la cadena de suministro
15.1 Cumplimiento de ESG
Los socios comerciales deben cumplir con las leyes aplicables relacionadas con ESG y los estándares internacionalmente reconocidos relacionados con el trabajo, los derechos humanos, la salud y seguridad ocupacional, el trabajo forzoso, el trabajo infantil y la protección del medio ambiente.
15.2 Abastecimiento responsable y minerales de conflicto (cuando corresponda)
Se espera que los socios comerciales realicen la debida diligencia para identificar, prevenir y mitigar los impactos ambientales y sobre los derechos humanos en sus cadenas de suministro, incluso en las materias primas pertinentes cuando corresponda.
15.3 Debida diligencia de la cadena de suministro y apoyo de auditoría
Los socios comerciales deben transmitir los requisitos ambientales y de derechos humanos a sus proveedores de primer nivel y cooperar con las auditorías y la planificación de remediación de Plaud cuando surjan incidentes o sospechas.
15.4 Debida diligencia de subcontratistas/proveedores para sanciones y ESG
Los socios comerciales deben realizar la debida diligencia sobre los subcontratistas y proveedores clave para garantizar el cumplimiento de las Leyes de Sanciones y los requisitos de ESG/Derechos Humanos de este Código y seguir siendo responsables de su cadena de suministro.
16. Notificación de inquietudes, mecanismo de quejas y no represalias
16.1 Deber de informar
Los socios comerciales deben informar de inmediato a Plaud sobre cualquier violación legal, violación de este Código o sospecha de mala conducta relacionada con el negocio de Plaud enviando correos electrónicos a report@plaud.ai.
16.2 Consultas regulatorias y de terceros
Si la ley lo permite, los socios comerciales deben enviar de inmediato a Plaud cualquier citación, solicitud regulatoria, consulta de los medios u otras solicitudes de terceros relacionadas con Plaud.
16.3 No represalias
Plaud no tolera represalias ni acoso contra quienes, de buena fe, se quejen o informen de una posible infracción de este Código de Conducta. Los Socios Comerciales deben prohibir las represalias contra quienes, de buena fe, planteen inquietudes o participen en una investigación.
16.4 Cooperación
Los socios comerciales deben cooperar plenamente con las investigaciones, auditorías y esfuerzos de remediación de Plaud.
17. Auditorías, evaluaciones y seguimiento
17.1 Derechos de evaluación
Plaud podrá evaluar el cumplimiento de este Código de Conducta durante la incorporación y en cualquier momento de la relación, lo que incluye solicitar información escrita, evaluaciones basadas en evidencia, certificaciones y, cuando corresponda, auditorías in situ. Los Socios Comerciales deben brindar la cooperación necesaria y acceder a los Materiales de Inspección (libros financieros, comprobantes, contratos, registros de inventario y datos del sistema). Plaud deberá notificar con cinco (5) días hábiles de anticipación y realizar las inspecciones durante el horario laboral habitual. Plaud debe mantener estricta confidencialidad respecto a los Materiales de Inspección.
17.2 Acciones correctivas
Plaud puede solicitar acciones correctivas. Los socios comerciales deben implementar oportunamente los planes de acción correctiva y respaldar la verificación de la remediación.
18. Violaciones, recursos y terminación
18.1 Consecuencias del incumplimiento
Las infracciones de este Código podrán dar lugar a medidas correctivas, la suspensión o la rescisión de la relación sin responsabilidad para Plaud. Las infracciones graves, incurables o ilegales podrán dar lugar a la rescisión inmediata sin responsabilidad para Plaud.
18.2 Recursos relacionados con las sanciones
Si Plaud determina razonablemente, a su exclusivo criterio, que un Socio Comercial ha violado, está violando o es probable que viole cualquier Ley de Sanciones aplicable, Plaud puede, sin previo aviso y sin responsabilidad, suspender o terminar la relación comercial (en todo o en parte), cesar el desempeño y/o retener entregas o pagos, y el Socio Comercial deberá indemnizar y mantener a Plaud y sus Afiliados indemnes de y contra todas y cada una de las pérdidas, multas, sanciones, daños, responsabilidades, costos y gastos resultantes (incluidos los honorarios legales razonables) que surjan de o en conexión con dicha violación o violación anticipada.
19. Reconocimiento
Es posible que se requiera que los socios comerciales acusen recibo de este Código y se comprometan a cumplir sus estándares, lo que incluye garantizar su cumplimiento por parte de quienes actúen en su nombre.
Reconocimiento de socio comercial
El Socio Comercial acusa recibo del Código de Conducta para Socios Comerciales de Plaud y se compromete a cumplir con sus normas. Asimismo, se compromete a imponer obligaciones sustancialmente similares a su personal, subcontratistas, agentes y proveedores que participen en trabajos relacionados con Plaud, y a cooperar con las evaluaciones y auditorías de Plaud, según lo descrito en el Código. La ausencia de la firma a continuación no afecta la validez ni la aplicación de este documento.
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Nombre legal del socio comercial |
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Nombre del firmante autorizado |
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